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Acabando con la impunidad

22/04/2017 13:40 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Las modernas herramientas hoy para esclarecer los delitos provocan que cada vez sean más escasos los que quedan impunes, lo que impone una revisión de las penas señaladas para los mismos. La oleada de causas por corrupción así lo evidencian

Entre los fines del sistema de penas que recoge cualquier Código Penal y el español no es una excepción, se encuentra el disuasorio y ejemplarizante. Se trata de que los ciudadanos conozcan anticipadamente el castigo penal previsto para una conducta, al objeto de que se abstengan de llevarla a cabo. Además, al mismo fin, el hecho de conocer que alguien ha sido condenado a determinada pena por un delito, redunda y refuerza el pretendido efecto disuasorio del Código Penal.

Cuando las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y la justicia no persiguen los delitos, o no hay condenas, se crea un clima de impunidad que atenta contra ese principio disuasorio y fomenta la comisión de más delitos. En otras palabras, si existe el delito y la pena pero no se aplica, la gente no se retrae tanto a la hora de delinquir. Es el caso de muchos países como El Salvador, México, Venezuela, Honduras, etc.

Por todo ello, los redactores del catálogo de delitos y sus respectivas penas, el llamado Código Penal, buscan recoger todas las conductas punibles y, en lo posible, predeterminar una horquilla de pena lo suficientemente alta y amplia para alcanzar el efecto ejemplarizante y disuasorio que se persigue. 

Ahora bien, es de suma importancia atemperar las conductas punibles y las penas a cada época o momento y país. Las sociedades evolucionan y hay conductas que dejan de considerarse delitos -aborto, homosexualidad, cheque sin fondos, impagar deudas, actos de magia, etc.- o la pena pasa a ser desproporcionada -amputar la mano del que roba- o afloran conductas que antes no se penaban -delito fiscal, delito de incitación al odio, delito ecológico, apología del terrorismo, etc- o, simplemente, desparece su razón de ser -el consumo de alcohol en EEUU despues de la abolición de la Ley Seca-

Al dia de hoy, en mi opinión, es urgente revisar a la baja muchas de las penas que para los distintos delitos contempla nuestro vigente Código Penal. Y la razón no es otra que el espectacular nivel de avances en la detección, investigación y esclarecimiento de los delitos. No hace muchos años, la estadística de, por ejemplo, homicidios o asesinatos esclarecidos, estaba muy lejos de la actual y ello provocaba que la pena a imponer fuera elevada para alcanzar con los casos resueltos el deseable efecto ejemplarizante y disuasorio.

En el futuro llevaremos un chip implantado que permitirá al juez o la Policía nuestro seguimiento y conocer todos nuestros movimientos durante semanas

Hoy, por el contrario, la situación ha dado un vuelco radical, al punto de que pocos son los crímenes graves a la fecha que quedan sin resolver. Sistemas de detección de huellas, la prueba de ADN, los infrarojos, los detectores, la cámaras de vigilancia, los GPS, las escuchas telefónicas, los correos electrónicos, los chat y aplicaciones de las redes sociales, los perros adiestrados, los ordenadores y telefonía móvil, los discos duros, las barreras en el movimiento de dinero en efectivo, las periciales de todo tipo, etc. Una panoplia tan inmensa de técnicas y herramientas criminológicas que ya son excepción los delitos graves que quedan sin resolver.

Nuestra Constitución proclama como derecho fundamental del ciudano el de "no confesarse culpable" pero la realidad es que, en la práctica, al momento de la detención, poco importa que no se diga nada cuando previamente se ha sido objeto de escuchas telefónicas, grabaciones por cámaras, interceptación de cualquier mensajeria y, al momento de la detención, registran tu casa y tu oficina, te obligan a entregar tu teléfono móvil, a facilitar la contraseña del mismo, de los ordenadores, cuentas de correo y mensajeria. Poco importa el derecho a no declarar o a mentir al hacerlo, lo más probable es que todo lo que se necesita para incriminarte y juzgarte este ya en poder de los que te detienen.

Y el caso es que está bien que así sea porque redunda en una menor criminalidad y una mayor eficiencia en la persecución del delito. Lo que no parece razonable es que se mantenga un régimen de duración de penas propio de épocas pretéritas cuando localizar al autor de un delito y las pruebas para su condena era harto más difícil y por tanto había que castigar más duramente los casos resueltos positivamente para ejemplarizar.

Por otra parte, el castigo previsto para los distintos tipos de delitos debe estar conectado al reproche social de cada momento y no al interés de los gobiernos. La sociedad desea un castigo mayor para el asesino, el violador, el pederasta, por ejemplo, pero los gobiernos ponen la lupa en otros como los delitos fiscales, de corrupción, la malversación de caudales, etc. porque su persecución y castigo, además, redunda en una mayor recaudación de impuestos o un mejor control de los fondos públicos. Sin embargo, es unánime el sentir de la sociedad que opta porque en este tipo de delitos el fin primordial sea la restitución y pago por el condenado de lo defraudado lo que, en los delitos de sangre, apenas juega porque la única satisfacción posible para las víctimas es la pena de carcel para el autor del crímen.

AscoHastaLaNáusea 

 

 


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