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Los pluses de transporte y de distancia por desplazamiento del trabajador está incluido en la base de cotización desde el pasado 22 de diciembre.
Desde el 22 de diciembre de 2013 , según el Real Decreto-ley 16/2013 de Medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, computan en la base de cotización los siguientes conceptos:
a) Pluses de transporte y de distancia por desplazamiento del trabajador desde su domicilio al centro de trabajo habitual.
B) Las contribuciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones a favor de los trabajadores.
C) Los tickets-comida que permiten cubrir total o parcialmente el coste económico de las comidas.
D) Los tickets-guardería.
E) Las primas o cuotas satisfechas por la empresa en virtud de contratos de seguros.
F) Los seguros médicos.
Le adjuntamos un cuadro resumen , en el que se realiza una comparativa entre la regulación de la normativa anterior y la actual de los conceptos incluidos y excluidos de la base de cotización.