Condenado a 14 años y tres meses de cárcel por agredir sexualmente y violar a la hija de su compañera
La sección décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 14 meses y tres días de prisión y a pagar 50.000 euros de indemnización a un hombre que agredió sexualmente, desde los siete años, y violó, a partir de los 11, a la hija de su compañera, a quien le transmitió el virus del papiloma humano.
Según la sentencia, el procesado, Franklin Estuardo Z.B., ecuatoriano de 33 años, convivía en Aspe (Alicante) con una mujer y su dos hijos, un niño y una niña. Considera como hechos probados que, conociendo que su pareja padecía cáncer de cuello de útero, obligó a su hija, que en la actualidad tiene 14 años, a mantener relaciones con él.
El procesado, según añade la sala, comenzó a abusar de la menor cuando ésta tenía siete años y a partir de los once la obligó a mantener relaciones sexuales, bajo la amenaza de que no le pagaría el tratamiento a su madre o con pegarle. Así, le contagió a la pequeña, aunque la sentencia indica que "no consta si lo hizo de forma intencionada el virus del papiloma humano", aunque "se le ha curado de forma espontánea, sin que conste actualmente ninguna consecuencia para su salud".
Los abusos se produjeron hasta el 24 de marzo de 2010, cuando la chica tenía 12 años, fecha en que el procesado golpeó al otro hijo de su compañera, "dándole un puñetazo en el ojo que le produjo una herida de la que curó en cinco días, con asistencia inicial y sin incapacidad", con la intención de que se fuera de la casa para "mantener nuevamente relaciones sexuales" con la niña.
Por ello, la sala lo ha condenado a 14 años y tres meses de prisión, con inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, así como una falta de lesiones a la pena de 50 días de multa con una cuota diaria de 6 euros y al pago de las dos terceras partes de las costas procesales, declarando el tercio restante de oficio.
Además, tiene que indemnizar a la menor, a través de su representante legal, con la cantidad de 50.000 euros, más sus intereses, y al hermano, con 150 euros.
La sala abona "todo el tiempo de privación de libertad sufrida por esta causa para el cumplimiento de la expresada pena de privación de libertad" y requiere al procesado al pago, en plazo de 15 días de la responsabilidad civil declarada y de la multa impuesta, y en caso de impago y de ser insolvente, que cumpla el mismo la correspondiente responsabilidad personal subsidiaria mediante un arresto de un día por cada dos cuotas que resulten impagadas.
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Autor: EP-Sociedad (59746 noticias)
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