Gobierno catalán aprueba hoy la reforma de Sucesiones y Donaciones para la creación y continuidad empresarial
El Gobierno catalán aprobará hoy el anteproyecto de ley de reforma del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que favorecerá las donaciones a jóvenes para crear empresas y las transmisiones de empresas a personas sin parentesco con una bonificación del 95% de este tributo.
También permitirá mantener la bonificación del 95% al heredar la vivienda habitual del fallecido si se vende antes de los cinco años que prevé la ley pero se hace para adquirir una vivienda habitual propia.
El Ejecutivo catalán defiende que la reforma del impuesto tiene el doble objetivo de facilitar a los ciudadanos la tramitación del impuesto con una aplicación más razonable y facilitar la continuidad de las empresas y la creación de nuevas.
Según los cambios ya aprobados en la Ley de acompañamiento a los presupuestos de 2010, a partir del 1 de julio de 2011 el 94% de los contribuyentes dejará de pagar este tributo --ahora es el 56%--, y supondrá para la Generalitat una merma en sus ingresos de aproximadamente 540 millones en 2012, un 40% menos de lo que obtiene ahora.
Su aplicación, que entrará en vigor en tres fases, supondrá que las exenciones pasarán a los 500.000 euros para los cónyuges y los 275.000 euros para los hijos. También se reduce y simplifica la tarifa, que pasa de 16 tramos a 5, con un tipo mínimo del 7% y un máximo del 32%.
Las novedades que incluye la reforma del tributo a través de un proyecto de ley específico que el Govern prevé tramitar en el Parlament antes del fin de la legislatura, recogen que las donaciones de hasta 125.000 euros a hijos o nietos menores de 35 años para crear o adquirir su primera empresa deducirán un 95%.
El beneficiario deberá crear o comprar la empresa en los seis meses siguientes y mantenerla activa un mínimo de cinco años --a no ser que quiebre--, deberá tener sede en Catalunya y no ser una sociedad patrimonial.
En el caso del apoyo a la continuidad empresarial, se extiende la reducción del 95% a personas sin parentesco a las que se desee transmitir --vía donación o herencia-- bienes afectos a la actividad empresarial o participaciones en empresas. La persona que reciba el negocio deberá tener una antigüedad de 10 años en la empresa y haber realizado funciones directivas o de gerencia.
También tendrán bonificación del 95% los familiares políticos, y se amplía del 95 al 97% la reducción para las sociedades laborales (con más del 50% en manos de los trabajadores).
Asimismo, se reduce de diez a cinco años el tiempo que se debe mantener una donación de la empresa familiar o bienes del patrimonio cultural para poder tener una bonificación del 95%. Así, se iguala el periodo con sucesiones, y el efecto será retroactivo.
Otras novedades son el incremento del importe máximo de la reducción para la percepción de cantidades de seguros de vida --de 9.380 a 25.000 euros--, el incremento de las reducciones para personas discapacitadas y la reducción del 90% sin límite de cantidad para las aportaciones a favor del patrimonio protegido de los discapacitados.
El Govern argumenta que la reforma favorecerá sobre todo a las rentas medias y bajas, pero que "beneficia a todos", porque también reducirá la tributación para los grandes patrimonios, aunque en menor proporción.
En 2008, hubo 88.116 declarantes del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, de los que 84.021 figuraban con menos de 275.000 euros de base imponible, 2.507 entre los 275.000 y los 500.000 euros, 1.059 hasta un millón de euros, 357 hasta dos millones, 131 entre dos y cinco millones, y 41 con más de cinco millones de base imponible.
Tras la reforma, sólo deberán pagar el 1% de los cónyuges con una cuota media de 1.027 euros (frente al 46, 5% que lo hicieron en 2008 con una cuota media de 7.006 euros) y el 2, 5% de los hijos y nietos mayores de 21 años con una media de 1.438 euros (39, 9% en 2008 y 5.396 euros de media).
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Autor: EP-Economía (58032 noticias)
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