La economía sumergida
Estoy oyendo hablar ultimamente mucho de la economía sumergida y de veras que tampoco lo entiendo demasiado.Te voy a hacer unas preguntas a ti que tanto la criticas¿podrías hacer frente a tus pagos con cuatrocientos veintiséis euros al mes?¿sacarías en un mercado en recesión por tu piso una cantidad que te permitiese cancelar tu hipoteca y trasladarte a otro sitio?¿te concedería alguien un préstamo estando parado?.
La economía sumergida es toda actividad económica, o conjunto de ellas, que vulnera alguna norma. Esto implica que puede vulnerar una sola norma, varias o todas las concernientes a dicha actividad y por tanto ilegal.
Esta es la definición de economía sumergida pero de verdad pensáis que toda es condenable a esto:
Sanciones para el trabajador: se extingue la prestación por desempleo, está obligado a devolver lo percibido (ya que se considera una percepción indebida) y además se te podrá excluir del derecho a percibir cualquier prestación económica y, en su caso, ayuda de fomento de empleo DURANTE 1 AÑO, así como del derecho a participar durante ese período en acciones formativas en materia de formación profesional ocupacional y continua.
Sanción para el empresario para el que prestes servicios: infracción muy grave con la multa que puede alcanzar los 187.515 euros, el empresario solidariamente de la devolución de las cantidades indebidamente percibidas, y además se le aplican sanciones accesorias excluyéndolo de ayudas, subvenciones y bonificaciones en las cuotas y si estuviera percibiendo alguna las pierde.
La economía sumergida parte de la base en la que un empresario que no tiene ningún interés en cumplir la ley busca a un trabajador conociendo en la mayoría de los casos su situación laboral, para ahorrar dinero e interviene un trabajador desempleado con o sin prestación o una empresa en situación de ilegalidad.
Yo diferenciaría las dos; cuando es una empresa la que presta el servicio debe caer el castigo sobre esta, ya que sea o no una sola persona o varias, esta defraudando y haciendo competencia desleal.En cambio cuando es un desempleado que realiza alguna tarea concreta o esporádica, habría que ser algo más flexible y mirar más la situación económica de este.
Vamos a suponer que una persona hace seis años en el máximo nivel expansivo de la economía invierte en un piso con una hipoteca a veinticinco años por la cual paga seiscientos euros al mes, aprovechando su nómina que era fija.Ahora supongamos que cuatro años más tarde al inicio de la crisis es despedido y se queda con un desempleo de seiscientos euros, algo superior si queréis con mujer desempleada y un par de niños.
En esta situación solo hay tres opciones:
-Encuentras un empleo rápido y de mientras tiras con el finiquito, cosa que dicen que esta complicada me refiero a las dos cosas pues cada vez hay más paro y pagan menos días de despido.(No esta confirmado que el pp quiera que para despedir baste un adiós sincero, eh).
Te ayudas con algún trabajo esporádico tuyo o de tu mujer aunque sea bajo cuerda para poder pagar y también comer y comprar ropa aunque sea de vez en cuando.
Vendes el piso lo suficientemente bien de manera que te de para cubrir los gastos de hipoteca y poder comprarte un piso baratito y al contado porque parado no se fía de ti ni Dios.
En este caso, yo sancionaría y si he de sancionar a alguien exclusivamente al empresario, pues no tiene en ningún momento intención de respetar la legalidad, mientras que el obrero en algunos casos, no en todos evidentemente, puede verse arrastrado por la necesidad de ganar algo más para poder tirar para adelante.
En caso de que se comprobase que la actividad del desempleado, sea perceptor de subsidio o no, es su medio de vida, en ese caso si vería justa la sanción, ya que al igual que el empresario que no respeta las normas, esta incumpliendo deliberadamente la ley y perjudicando a otras empresas que respetan la legalidad vigente.
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Sobre esta noticia
Autor: Rafa Sevilla (49 noticias)
Fuente: lascosascomoyolasveo.blogspot.com
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Tipo: Reportaje
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