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Con el fin principal de reducir la siniestralidad vial, a partir del 29 de enero, se establece la velocidad máxima genérica de 90 km/h en estas vías de circulación
El pasado 28 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación referido a los límites de velocidad en carreteras convencionales. Con el fin principal de reducir la siniestralidad vial, a partir del 29 de enero, se establece la velocidad máxima genérica de 90 km/h en estas vías de circulación.
Esta modificación supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos en 90 y 100 km/h para turismos y motocicletas en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable, de tal manera que se establece una limitación general única en todas las carreteras convencionales de 90 km/h. De paso, implica la reducir la diferencia de velocidad entre vehículos de transportes de viajeros y de mercancías, respecto de turismos y motos.
Según el Ministerio de Interior, los países de la Unión Europea con menos tasas de fallecidos en siniestros de tráfico tienen un diferencial de velocidad entre vehículos ligeros y pesados de entre 0 y 10 km/h en estas carreteras. Velocidades de circulación más homogéneas favorecen la fluidez del tráfico y reducen el riesgo de siniestro afirman diferentes estudios. Así, con este cambio normativo, se uniformiza la velocidad de los camiones en carreteras convencionales a 80 km/h y de los autobuses a 90 km/h –con la excepción de aquellos autobuses que no dispongan de cinturón de seguridad, que no podrán circular a más de 80 km/h–.
Concienciar de que una menor velocidad implica una menor lesividad en caso de siniestro
Se simplifica así la redacción del artículo 48 del Reglamento General de Circulación y se introduce este cuadro con los límites genéricos en función de los tipos de vehículos:
Mejor más despacio
Para dar a conocer la velocidad genérica a la que se va a poder circular a partir del próximo 29 de enero, la Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una campaña informativa compuesta por 4 videos –con el hashtag #MejorMásDespacio– que se irán publicando durante todo el mes en las distintas redes sociales del organismo –Twitter, Facebook, Instagram y YouTube –.
Como el objetivo es concienciar de que una menor velocidad implica una menor lesividad en caso de siniestro, los vídeos hacen referencia a diversos aspectos relacionados con este factor de siniestralidad: relación existente entre velocidad y distancia de frenado, el efecto túnel fruto de la velocidad, … En todos ellos se remarca que la reducción del límite de velocidad no es una medida que se adopta por “molestar”, sino por hacer que el número de víctimas baje.
Establecer limitación general única en todas las carreteras convencionales de 90 km/h