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Para Manuel Hernando Castro, los permisos retributivos, permiten que el empleado se ausente sin que esto afecte a su sueldo y sin sufrir amonestación alguna.Sin embrago existen diferentes tipos de permisos retribuidos a los que tienen derecho los trabajadores
Para Manuel Hernando Castro, los permisos retribuidosos, permiten que el empleado se ausente sin que esto afecte a su sueldo y sin sufrir amonestación alguna. Sin embrago existen diferentes tipos de permisos retribuidos a los que tienen derecho los trabajadores, como es el caso del día de mudanza, el período tras contraer matrimonio entre otras.
Pero, ¿Qué es un permiso remunerado?, Manuel hace referencia, que ante la ausencia de un empleado previo aviso o justificación posterior a la empresa, esta ausencia laboral es reconocida por la ley y aplica a diversos casos.
Como lo menciono anteriormente Castro Sánchez, hay diversos motivos que dan derecho a un permiso remunerado. Dependiendo del tipo será la duración. Por ejemplo:Se aplican en caso de matrimonio; siempre y cuando avise con tiempo de antelación, el permiso concedido será de quince días naturales.Nacimiento o fallecimiento de hijo; que abarca 16 semanas, y 2 a 4 días por el deceso familiar.
En primera instancia, el trabajador pre-avise con antelación suficiente para que el empresario pueda adoptar las medidas organizativas que estime pertinentes
En el apartado del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores incorpora estos motivos que dan lugar a un permiso de dos días ampliables a cuatro cuando el trabajador necesite desplazarse por; fallecimiento, enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención quirúrgica pero que requiera de reposo domiciliario.Traslado de domicilio, está establecido un día libre, para realizar funciones sindicales o de representación del personal.
Otros tipos de permisos retribuidos, como realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto o casos de adopción, jurado, accidente o enfermedad de gravedad. Ante cualquier eventualidad, estos permisos se exigen dos requisitos formales para que tengan su virtualidad: previo aviso y justificación.
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Manuel Hernando Sánchez, habla de esta gestión. En primera instancia, el trabajador preavise con antelación suficiente para que el empresario pueda adoptar las medidas organizativas que estime pertinentes. Respecto a la justificación, el empleador debe constatar el motivo por la ausencia del puesto de trabajo por medio por un escrito o bien sea verbal, siempre y cuando lo realice con tiempo.
Ante la ausencia de un empleado previo aviso o justificación posterior a la empresa, esta ausencia laboral es reconocida por la ley y aplica a diversos casos