Reclamaciones ante la negativa de dar de baja un ADSL
La Banda ancha es un producto que, ahora mismo, es imprescindible en la vida de muchísima gente. Pero, como gasto inevitable cada mes, es también objeto de mayor examen en todas sus condiciones. Por eso, no solo importa el precio, la velocidad o la calidad del servicio técnico, sino que la atención al cliente es relevante para elegir el mejor ADSL.
Hace tiempo, explicamos la odisea que supone darse de baja en este servicio, comenzando por la llamada a un número de tarificación adicional 902 y los consiguientes correos electrónicos, cartas y faxes con acuse de recibo. Pero, ¿qué pasa si no obtenemos respuesta? ¿Qué sucede si, aún así, no conseguimos darnos de baja?
Pues que, para ello, existen unas leyes que amparan a los ciudadanos y son obligatorias. El ciudadano tiene derecho a darse de baja y la empresa tiene el deber de explicar cómo hacerlo. Por eso, la gente tiene amparo ante diversos abusos que puedan producirse.
El primer paso, imprescindible, es dejar constancia de que la petición de baja en el servicio se ha realizado. Para ello, debemos mandar el buro fax con acuse de recibo y certificación, de modo que tengamos un documento que prueba la existencia del hecho, tanto que la queja ha sido recibida, como el contenido del misma. Otra opción es solicitar la baja personalmente y por duplicado en las oficinas comerciales de la empresa, exigiendo el sello, que sirve también como prueba.
El tiempo para que la solicitud sea contestada y sobre todo, el momento a partir de cuál se pueden abrir otras vías de reclamación, es de un mes. Esto quiere decir que después de este período de tiempo, el ciudadano puede presentar su queja ante los organismos públicos que siguen, siendo el plazo de presentación de la reclamación, ahora, de 3 meses.
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información
La primera opción es acudir a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, situada en la calle Capitán Haya, número 41, en Madrid. La reclamación ha contener las señas del interesado o de quien le represente, la relación de los hechos que la motivan y la documentación que apoyen las pretensiones del reclamante (con la copia de las facturas con las que se esté disconforme, si ésa es la causa de la queja, con la petición de baja...). Este procedimiento no sirve para solicitar compensaciones económicas adicionales por daños y perjuicios.
El requerimiento también puede realizarse vía electrónica, si el ciudadano posee firma electrónica, en la dirección web www.usuariosteleco.es y además, realizar el seguimiento en este mismo portal, así como en el número telefónico 901336699. La respuesta de este organismo tendrá lugar a los 6 meses de la presentación de la reclamación y en caso de ser negativa, se puede presentar un recurso contencioso administrativo.
Junta Arbitral de Consumo
Otra opción es ir a la Junta Arbitral de Consumo de nuestra propia provincia, que sirve para mediar entre el usuario y la empresa, además de no suponer ningún coste. El problema es que este sistema es voluntario y la compañía puede rechazar someterse a este procedimiento. Otra posibilidad es que haya excluido el problema que se denuncia de su oferta pública de sometimiento; hecho que se podrá comprobar en la página web del Instituto Nacional de Consumo.
Tribunales de Justicia
En último lugar, existe la posibilidad de reclamar a los Tribunales de Justicia, pero ésa solo es recomendable cuando la implicación económica del asunto es grande, en torno a los 1.000 euros, pues los gastos son también amplios.
Todas estas trabas, que además no han sido previstas, pueden poner al usuario en una clara indefensión y por eso, se hace necesario conocer estas vías. No obstante, como comentamos cuando hicimos referencia a la odisea que suponía darse de baja en Internet, lo mejor es que una otra compañía se encargue del cambio.
Si éste es tu caso, puedes comparar tu ADSL con otras compañías, para lo que no debes dejar de usar una comparativa de ADSL y conocer si otras ofertas te salen más rentables… Porque, en este caso, quien tiene la decisión, tiene el poder.
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Sobre esta noticia
Autor: Captalis (203 noticias)
Fuente: blog.captalis.com
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Tipo: Reportaje
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