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Son muchas las parejas formadas por extranjeros y españoles que desean dar validez jurídica a su unión, para ello pueden registrarse como pareja de hecho. Estos son los requisitos que establece la Comunidad de Madrid para formalizar la inscripción.
¿Qué es?
Registro de carácter administrativo, en el que podrán inscribirse las personas que convivan en pareja de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad, siempre que voluntariamente decidan someterse a la ley reguladora.
Requisitos
1. Ser mayor de edad o menor emancipado.2. Convivir en pareja de forma libre, pública y notoria, durante un período ininterrumpido de doce meses.3. Al menos uno de los miembros de la unión de hecho deberá estarempadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid.4. Estado civil: Soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.5. No estar unidos por vínculo de parentesco los miembros de la pareja (hasta tercer grado).6. No formar unión de hecho con otra persona.7. No estar inscrita la unión de hecho en el Registro de otra Comunidad Autónoma.
Documentación a presentar
Se presentará original y fotocopia de la siguiente documentación:1. D.N.I., pasaporte o tarjeta de residencia de los solicitantes y los testigos en vigor. (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).2. Acreditación de la emancipación, en el caso de menores de edad.3. Certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento donde residan. (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).4. Certificado de estado civil:a) Para los españoles: Certificado expedido en el Registro Civil (C/ Pradillo, 66) si residen en Madrid capital o en el Juzgado de la localidad, si residen en otra población.B) Para los extranjeros: Certificado de estado civil emitido por su Embajada o Consulado.C) Para españoles o extranjeros que se hubiesen separado o divorciado en el extranjero: Auto del Juzgado de Primera Instancia competente (procedimiento "exequátur").
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
Para solicitar la inscripción es necesario solicitar Cita previa a través del Teléfono de Atención al Ciudadano 012.- La solicitud de inscripción básica se presentará el día de la cita, personal y conjuntamente, por los miembros de la unión de hecho, ante el Registro de Uniones de Hecho en la calle Gran Vía, 18 – planta baja, debiendo aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios para la inscripción.- Los miembros de la unión deberán acudir acompañados de dos testigosmayores de edad, en pleno ejercicio de sus derechos civiles, que acreditarán mediante declaración jurada la previa convivencia libre, pública, notoria e ininterrumpida durante al menos doce meses, de los miembros de la unión de hecho en relación de afectividad.
Información complementaria
- CertificadosEl contenido del Registro se acreditará mediante certificaciones expedidas por el encargado del Registro. Para más información pinche en el siguiente enlace.
Información relacionada en la columna derecha de esta ficha.- Tipos de Inscripciones.- Supuestos de cancelación de la inscripción.
Normativa aplicable
* Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 3, de 3 de enero de 2002).* Decreto 134/2002, de 18 de julio, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 176, de 26 de julio).* Resolución de 21 de julio de 2010, por la que se ordena la publicación de impresos normalizados (BOCM nº 205, de 27 de agosto).Teléfono
Información y Cita Previa: 012
Fax
91 720 90 08
Dirección
C/ Gran Vía, 18 – planta baja.
Fuente|Para Inmigrantes.