El suelo hipotecario afecta al 29% de los hipotecados
Mucho se ha hablado últimamente de la cláusula del suelo. El hecho de tener esta cláusula en el contrato de la hipoteca hace que el cliente no pueda beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés, al establecer un mínimo a pagar por la hipoteca. Pero, ¿qué alcance tiene esta clausula? Concretamente, afecta al 29% de los hipotecados.
Estos datos son resultado de un informe del Banco de España, elaborado a petición del Senado, siendo calificadas por el banco central como "un factor que favorece la estabilidad financiera, elemento de interés público", aludiendo al contexto económico desfavorable.
Esta cláusula, que ha sido criticada con fuerza por las asociaciones de consumidores, abogando directamente por suprimirla, lleva tiempo siendo centro de atención en el mundo hipotecario. A pesar de existir desde hace mucho tiempo, ahora ha cobrado más protagonismo por el contexto de tipos de interés bajos, donde se aplica con más asiduidad.
El estudio, elaborado por una entidad fiable, ha tenido en cuenta datos de quince bancos, treinta cajas de ahorros, dos cooperativas de crédito y un establecimiento financiero de crédito. Una lectura de los resultados indica se obliga a pagar al cliente como mínimo, de media, un 3, 12% de tipo de interés, cuando éstos se sitúan en la zona euro muy por debajo de esa cifra, en el 1% desde mayo de 2009.
Además, trece de las entidades usan sistemáticamente la cláusula del suelo, si bien cuatro de ellas no aplican la cláusula opuesta, conocida como "techo", que fija un interés máximo a pagar por el hipotecado y que por tanto, corre de su parte.
Estos Datos son esclarecedores de la situación del suelo hipotecario, pero su aplicación, actualmente es legal. Si bien es cierto que los consumidores se han quejado en repetidas ocasiones, el organismo que dirige Miguel Ángel Fernández Ordóñez justifica esta clausula en favor de "el coste medio para los clientes bancarios del crédito hipotecario a lo largo de la vida del contrato, de la estabilidad del sistema financiero y de la accesibilidad a largo plazo de la población al mercado de la vivienda’ .
Solución: subrogación
En cuanto a aquellos que tienen en su contrato cláusula del suelo, la única solución posible para deshacerse inmediatamente de ella, es subrogar su hipoteca a otro banco o caja que ofrezca un crédito hipotecario sin dicho mínimo al tipo de interés.
Esta operación, que tiene algún requisito, como es, en muchos casos, que la hipoteca que se abandona lleve constituida al menos cinco años, mejora casi siempre las condiciones del cliente. Siempre que se reduzca el tipo de interés a pagar o se eliminen clausulas que entorpecen la bajada del tipo. Además, actualmente muchos bancos pagan los gastos de subrogación, único coste que implica el cambio de entidad en la tenencia de la hipoteca.
iBanesto, por ejemplo, ofrece una hipoteca de subrogación con un tipo de interés del 0, 38%, sin suelo, aunque exige contratar un seguro del hogar, de una tarjeta de crédito, la domiciliación de la nómina y de recibos. No tiene gastos de subrogación. Además, hay otras hipotecas de subrogación interesantes.
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Autor: Captalis (203 noticias)
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