¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Pm24 escriba una noticia?
¿No sabes cuales son las tareas más importantes de un asesor fiscal en Granada? Te las contamos a continuación
El ejercicio de la profesión de asesor fiscal en Granada es verdaderamente complejo. Primeramente, un buen asesor fiscal en Granada tiene que saber tanto de leyes como de números. De hecho, la asignatura de Sistema Fiscal es una de las que más créditos tiene en los dobles grados de Derecho y ADE. Incluso de esta forma, uno no puede adentrarse en la práctica del Derecho fiscal sin ya antes haber cursado uno de los abundantes (y costosos) másteres en Tributación.
Una vez sentado en su despacho profesional, es carne de cañón de bases de datos y boletines informativos de novedades. Las modificaciones habidas en esta materia son numerosas, tanto que en tiempo de crisis ha habido años que han visto más modificaciones normativas que días. No se puede perder de vista el BOE, y no solo el estatal, sino también el autonómico. Y vamos a dejar por un momento de lado las ordenanzas municipales.
Pongamos que tenemos a nuestro joven asesor fiscal en Granada formado y conocedor (es un decir) de la normativa en vigor. ¿Cuál es el próximo paso? El de la interpretación: en materia fiscal es fundamental conocer la doctrina administrativa emanada de la Dirección General de Tributos (DGT), que en determinados casos tiene carácter vinculante más allá del impositor consultante. Pero resulta que quien debe aplicar la normativa por parte de la Administración es la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), cuyo criterio no siempre y en todo momento coincide con el de la DGT. Y formando una parte del mismo Ministerio de Hacienda nos hallamos con los tribunales económico-administrativos (TEA), tanto los regionales como el central, horcas caudinas por las que hay que pasar cuando discutimos un acto de la Administración.
Las resoluciones de estos tribunales a veces dan la razón a la Administración y a veces no, y a veces los criterios del central vinculan a aquella. Por supuesto, muchos de estos criterios salen a la luz cuando la normativa a la que se refieren no está vigente. En otras ocasiones, como se ha visto recientemente, el criterio del TEA Central no coincide con el de la DGT.
Más allá del Ministerio de Hacienda tenemos la jurisdicción contencioso-administrativa, frente a la que pueden recurrirse las resoluciones de los TEA. Tras un complejo sistema de reparto de competencias, contamos con los juzgados de lo contencioso-administrativo (para cuestiones fundamentalmente locales), las salas de lo contencioso-administrativo de los tribunales superiores de justicia (a nivel regional) y la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (a nivel estatal), más la del Tribunal Supremo para la casación.
Todos tienen su opinión y, en contraste a lo que ocurre con los TEA, los jueces no son especialistas en la materia, por lo que hay que reconocerles doblemente el ahínco que hacen para tratar de dictar una sentencia justa. Hace ya muchos años oí decir lo siguiente a un juez del Supremo: “No olviden que no somos los últimos pues seamos infalibles; somos infalibles porque somos los últimos”.
Ni que decir tiene que las sentencias de esos juzgados y tribunales no son coincidentes, que en muchas ocasiones salen a la luz cuando la normativa a la que se refieren está largamente derogada, especialmente las del Supremo, y que muchas veces no puede recurrirse en casación porque el tema en cuestión no es de suficiente cuantía o, ahora, no tiene interés casacional.
A partir de ahí vamos a poder asistir al Tribunal de Justicia de la UE, pero solo si la norma o su aplicación ha sido contraria al ordenamiento europeo. Como es natural, haciendo lo que puede está la doctrina científica, mas a estas alturas de la película comprenderán los legos que, en comparación con la de otras ramas del ordenamiento, su utilidad en lo tributario es más bien escasa.
Así, nuestro asesor fiscal en Granada recibe a su primer cliente. Este le expone el inconveniente, nuestro protagonista lo estudia y le convoca para una reunión explicativa. En esa reunión el asesor orgulloso le reporta lo que la ley dice, qué discusiones pueden proponerse, cuál ha sido la opinión de la DGT o bien de los TEA, y el criterio de las sentencias que, en su caso, si ha habido tiempo, se han pronunciado sobre él.
Al cliente del servicio todo eso le parece realmente bien, pero se le antoja un poco teórico: el cliente desea saber qué va a pasar con su declaración cuando la presente. Claro. A nuestro asesor fiscal en Granada le falta lo que acostumbra a llamarse la práctica de la ventana. Y acepta con resignación que tiene que patearse administraciones y delegaciones de la AEAT para saber qué afirma y hace quien está en primera fila.
Los cambios de normas se suceden y uno no puede dejar de estudiar un minuto. La necesidad de estar al día es agobiante. Un asesor fiscal en Granada desactualizado no sirve. Algunos de estos cambios son determinantes y dejan fuera de la profesión a quienes no estén prestos a hacer un agotador esmero de estudio. Uno de ellos fue la entrada en vigor del IVA, que hizo que muchos de nuestros compañeros se especializaran en otros impuestos. Otro más reciente tuvo por objeto el impuesto sobre sociedades: a partir de 1996 la base imponible se determina a partir del resultado contable. Por selección natural, el consultor que no sepa contabilidad se va a ver adecuadamente expulsado de la carrera. Y al juez que no la comprenda le será difícil dictar una justa sentencia en este impuesto.
Me atrevo a decir que somos la única profesión cuya opinión está constantemente puesta en tela de juicio por la de uno de los departamentos más potentes, activos y con más capacidad del Estado, como es la Administración tributaria. Entre el usuario, que (en general) desea pagar pocos impuestos, y la AEAT, que quiere todo lo opuesto, se halla el asesor fiscal en Granada, en una pinza diabólica que nos hace preguntarnos con frecuencia cómo hemos decidido dedicarnos a esto.
Sumen que nuestra especialidad se centra en este país, es decir, que no podemos emigrar a otro y ganarnos la vida con lo nuestro, que estamos en el ojo del huracán y que el ministerio fiscal nos tiene en el punto de mira y en el caso de delito a veces pretende que corramos la misma suerte que nuestros clientes. Dada esta situación hay que reivindicar la figura del asesor fiscal en Granada: somos los autores de la colecta tributaria y gracias a nosotros funciona el Estado. Somos, además, confidentes de nuestros clientes del servicio, les explicamos las reglas, las consecuencias económicas derivadas de su cumplimiento y, como es lógico, las derivadas de su incumplimiento, y se lo crean o bien no, les animamos a cumplirlas, por el hecho de que sabemos que van a dormir considerablemente más sosegados. Y nosotros asimismo.