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Mº Teresa Fernández de la Vega mintió sobre su empadronamiento y se enriqueció con la reclasificación de los terrenos familiares

23/11/2009 15:30 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Hoy la cosa va a ir de dimisiones, de esas que el PSOE solicita que se apliquen por el PP en casos en los que no hay sentencias judiciales ni pruebas de lo que imputan, pero que cuando es al revés, con sentencias judiciales y con todo tipo de pruebas, ellos no aplican su propia norma.

Hoy hablaremos sobre la Vicepresidenta, Mª Teresa Fernández de la Vega y su más que evidente empadronamiento ilegal para las elecciones Valencianas. Recordemos que por este caso la vicepresidenta socialista demandó a Gonzalez Pons y le pedía un euro de indemnización por haber insinuado ante los medios de comunicación que se había empadronado de forma ilegal en Beneixida, el pueblo de su familia, y que se había enriquecido con una operación urbanística.

La justicia ya se ha pronunciado sobre este tema, en concreto lo ha hecho 2 veces, ya que la sentencia que ahora conocemos de la Audiencia Provincial de Madrid, es la contestación al recurso que De la Vega presentó contra la sentencia que emitió el Juzgado de primera instancia número 63 de Madrid, en marzo de 2009, y que desestimaba la demanda que se interpuso contra el vicesecretario de Comunicación del PP, Esteban González Pons

En esta ocasión la vicepresidenta sale de nuevo trasquilada, ya que la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, en el auto emitido el pasado viernes, recoge que "en ningún caso" la acusación puede ser considerada como "intromisión ilegítima en el honor de la demandante, cuando es notorio que los políticos de distinto signo aprecian su vecindad y residencia habitual, a fin de atribuirse las candidaturas de las diferentes demarcaciones electorales aun cuando, en el desempeño de sus actuaciones profesionales, habitualmente residen en otro lugar".

Por ello, esta afirmación de González Pons sobre el empadronamiento:

  • "(...) puede ser perfectamente calificado como 'irregular' sin, por ello, lesionar la dignidad de la persona a la que se refiere la información, menoscabar su fama o atentar contra su propia estimación".

Pero hay más: aunque en un punto del fallo el juez recuerda que no le corresponde decidir sobre la legalidad o no del empadronamiento o sobre el "pelotazo" urbanístico del que se pudo haber beneficiado De la Vega, sí da su parecer sobre el mismo:

  • "No cabe deducir que el empadronamiento de la actora fuese ilícito o ilegal, ni que ésta se beneficiase ilegítimamente de la operación urbanística, ni que existiese tráfico de influencias y trato de favor urbanístico del Ayuntamiento de Beneixida, pero no es menos verdad que de la prueba practicada se infiere tanto el carácter irregular del reiterado empadronamiento †‘ con una particular interpretación de "residencia habitual con la que tuvo lugar†‘ así como el beneficio patrimonial obtenido por la demandante".

Concretamente los terrenos de los que eran propietarios su familia, el texto indica que De la Vega, y con anterioridad su familia, "era propietaria de terrenos agrícolas en el municipio de Beneixida; que, como consecuencia de su reclasificación, pasaron a ser terreno industrial y que, tras el desarrollo del PAI y urbanización del polígono industrial en que se encontraban dichas tierras, el precio del terreno ascendió de 9 euros el metro cuadrado (rústico) a entre 70 y 100 (industrial)" y que tras ello, se procedió a la venta de dichos terrenos por 72.000 euros.

El PP va a pedir la dimisión de la Vicepresidenta, ya que no solo mintió sobre su empadronamiento, pues además se enriqueció con la reclasificación de los terrenos. La Vicepresidenta por su parte dice que recurrirá al Tribunal Supremo, tal y como acostumbran a hacer con su particular respeto a la justicia, que en dos ocasiones ha dictado sentencia respecto a lo que es evidente.

Documento Original PDF

Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid


Sobre esta noticia

Autor:
Caballerozp (541 noticias)
Fuente:
caballerozp.blogspot.com
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Tipo:
Reportaje
Licencia:
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