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BASES
1ª. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA. El objeto de las
presentes Bases es establecer las normas que han de regir la concesión del Premio Senyera de Arte, modalidad Pintura 2015, destinado a estimular y promover la trayectoria profesional de jóvenes artistas residentes en la en la Comunidad Valenciana.
2ª. PARTICIPANTES. Podrán participar en este Premio aquellas personas físicas mayores de edad que residan en la Comunidad Valenciana, cuya edad no exceda de los 35 años a 31 de diciembre de 2015, y que no estén incursas en algunas de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, deberán presentar en su caso, una declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio.
3ª. CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS. Cada aspirante podrá optar a este Premio presentando una obra original, con total libertad sobre el material empleado, siempre que éste sea consistente y permita su durabilidad, sin superar los 3 metros en cualquiera de sus dimensiones, siendo la dimensión mínima permitida de 1 metro en cualquiera de ellas.
Los participantes deberán presentar declaración de que las obras no han sido expuestas o divulgadas con anterioridad.
4ª. PREMIO. Será único, no pudiendo concederse ex-aequo, estando dotado con la cantidad de DOCE MIL EUROS (12.000, 00 €), con cargo a la Aplicación Presupuestaria ED250 33600 48100 del ejercicio 2015.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por la persona autora premiada, tras la acreditación por la misma de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Valencia.
La obra premiada pasará a formar parte del Patrimonio Artístico del Ayuntamiento de Valencia.
La persona premiada estará obligada a la cesión al Ayuntamiento de Valencia de la obra galardonada, así como la transmisión de los derechos de propiedad material e intelectual, edición, exposición, reproducción, etc.
El premio estará sujeto a la normativa fiscal vigente.
5ª. SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Las solicitudes se formalizarán mediante instancia, cuyo contenido se ajustará a lo previsto en el Art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAP-PAC, dirigida a la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Valencia, debiendo presentarse, preferentemente, en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento, o en cualquiera de los Registros u Oficinas previstos en el Art. 38 de la Ley 30/92, desde el día 1 hasta el 31 de marzo de 2015.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I.
B) Certificado municipal de empadronamiento expedido con posterioridad al 1 de febrero de 2015 que acredite la residencia en un municipio de la Comunidad Valenciana.
6ª.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS. Las obras se depositarán en el Museo de la Ciudad (Palacio Marqués de Campo) Plaza del Arzobispo, nº 2, durante el plazo establecido para la presentación de instancias, de lunes a viernes, en horario de 9 a 13:30 horas, recibiendo un justificante de la entrega. No se admitirá ninguna obra si no se ha presentado previamente la instancia a la que hace referencia la Base 5ª.
Las obras podrán ser remitidas por el medio de transporte que deseen quienes participan, siempre bajo su cargo y responsabilidad.
Cada artista deberá adherir al dorso de su obra una nota en la que figure su nombre, edad, domicilio, localidad y teléfono, junto con el valor y el título de la obra, adjuntando a la misma la siguiente documentación:
1. Copia de la instancia presentada.
2. Boletín de inscripción en el que constará el nombre del o la artista, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, teléfono, título de la obra y valoración de la misma. (Boletín que se facilitará en el citado Museo).
3. Fotografía en color de la obra, tamaño mínimo 13 x 18 cm.
4. Currículum Vitae, incorporando una fotografía personal.
5. Soporte informático de la documentación especificada en los puntos 3 y 4.
El Ayuntamiento de Valencia tomará las medidas de seguridad necesarias para la conservación de las obras, pero no se responsabilizará de cualquier deterioro o extravío de las mismas.
La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de las presentes
Bases.
7ª. JURADO. El Jurado que valorará las obras presentadas a este presente Premio estará integrado por la Presidenta, que será la Teniente de Alcalde Delegada de Cultura, y cinco vocales: una representación de la Facultad de Bellas Artes de Valencia y cuatro profesionales designados por la Concejalía de Cultura entre Artistas, Galeristas, Críticos/as de Arte, Historiadores/as, Docentes o Investigadores/as del Arte.
Actuará como Secretaría con voz pero sin voto, el Secretario General de la Administración Municipal o personal funcionario en quien éste delegue.
Corresponde al Jurado la propuesta de adjudicación del presente Premio, la cual se efectuará en el mes de abril de 2015. Corresponde asimismo al Jurado seleccionar todas o algunas de las obras presentadas para la organización, en su caso, de una exposición.
Los aspectos a valorar, sin que sean únicos ni vinculantes, respecto de las obras presentadas, serán la calidad artística y técnica y la innovación estilística.
El Jurado podrá declarar desierto el premio, por falta de calidad de las obras presentadas.
El Jurado se reserva el derecho a resolver cualquier circunstancia no contemplada en las Bases, así como a interpretar las mismas.
8ª. OTORGAMIENTO. El fallo del Jurado, con carácter de inapelable, será elevado a acto administrativo, pudiendo éste ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo.
La concesión del premio se publicará en las páginas web www.valencia.es y www.museosymonumentosvalencia.com, notificándose a la persona premiada y en su caso, a las personas cuyas obras hayan sido seleccionadas para exposición, por los medios previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
9ª.- EXPOSICIÓN Y RETIRADA DE LAS OBRAS. El Ayuntamiento podrá organizar una exposición con las obras que seleccione el Jurado. En tal caso, la exposición tendrá lugar dentro de los 6 meses siguientes a la fecha del Acuerdo que otorgue el Premio, período en el que podrá autorizarse la salida de las obras previa petición de las personas interesadas. Una vez terminada la exposición, las obras deberán ser retiradas por sus autores/autoras en un plazo de 20 días.
Aquellas personas cuyas obras no hayan sido seleccionadas, deberán retirarlas en el plazo de 20 días a contar desde el día siguiente a la fecha del fallo del Jurado. Se procederá del mismo modo en el caso de no disponer el Jurado selección de obras para su exposición.
Las obras podrán ser reexpedidas por el mismo conducto que fueron recibidas, corriendo la responsabilidad y gastos de envío por cuenta de cada artista.
Las obras que no se retiren dentro de los plazos señalados, pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, que podrá, en consecuencia, disponer de las mismas, dándoles el destino que considere conveniente.
10ª. PUBLICIDAD. Las presentes Bases, con anterioridad a la apertura del plazo para presentar las solicitudes, se insertarán en las páginas web www.valencia.es y www.museosymonumentosvalencia.com.
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-El Arte de Divertirse-